RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 2021, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Funcionarios Técnicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Técnica Facultativa, Ingenieros Técnicos de Obras Públicas.
Acceso a disposición en BOA de 28 de diciembre
En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 214/2018, de 18 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2018 en el ámbito de Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón (“Boletín Ofcial de Aragón”, número 246, de 21 de diciembre de 2018) y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto de 5 de agosto de 2019, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifca la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, y con el fn de atender las necesidades de personal de esta Administración, se convocan pruebas selectivas con sujeción a las siguientes bases:
Normas generales.
1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 1 plaza del turno libre del Cuerpo de Funcionarios Técnicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Técnica Facultativa, Ingenieros Técnicos en Obras Públicas.
1.2. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas, y ello sin perjuicio de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61.8 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
1.3. El sistema de selección de las personas aspirantes será el de oposición, seguido de un período de prácticas y un curso de formación selectivo con evaluación final.
La oposición consistirá en la realización de tres ejercicios de carácter eliminatorio. La realización de los tres ejercicios es obligatoria para superar la oposición.
1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura como anexo I a esta convocatoria.
1.5. El primer ejercicio de la oposición tendrá lugar a partir de los tres meses siguientes a la publicación de esta convocatoria.
1.6. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se fija como medio de comunicación de las publicaciones que se deriven de los actos integrantes del procedimiento selectivo, la exposición en los tablones de anuncios de las Oficinas del Servicio de Información y Documentación Administrativa del Gobierno de Aragón (ubicación disponible en la siguiente página web www.aragon.es/tramites/ofcinas-de-informacion).
Asimismo, toda la información del proceso selectivo estará disponible en la página web www.aragon.es/oposiciones.
Requisitos de las personas aspirantes.
2.1. Para ser admitidas a la realización de estas pruebas selectivas las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea; o ser, cualquiera que sea su nacionalidad, cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes; o ser persona incluida en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratifcados por España en los que sea de
aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos en el apartado 1 del artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas del Cuerpo al que se aspira.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión o en condiciones de obtener el Título de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, Ingeniería Técnica de Obras Públicas o equivalente, o el título de Grado que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada según establece la normativa vigente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite su homologación.
f) Haber abonado la correspondiente Tasa a que hace mención la base 3.5.
2.2. Todos los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse en el día de fnalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en el momento de toma de posesión como funcionarios de carrera.
Solicitudes.
3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en la solicitud, según el modelo 524 aprobado por Orden de 19 de agosto de 2003 (“Boletín Ofcial de Aragón”, número 109, de 8 de septiembre). La solicitud será obligatoriamente cumplimentada accediendo a la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón según lo previsto en la base 3.5 y de acuerdo con las instrucciones que pueden consultarse en la página web www.aragon.es/oposiciones.
El uso del modelo específco de solicitud generado electrónicamente será obligatorio de acuerdo con el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3.2. Las personas aspirantes con discapacidad podrán hacerlo constar en el espacio correspondiente de la solicitud, indicando, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria, siempre que no quede desvirtuado el contenido de las pruebas, ni implique reducción ni menoscabo del nivel de suficiencia exigible.
Las personas aspirantes con discapacidad que soliciten adaptación de tiempo y/o medios no deberán adjuntar el informe del Instituto Aragonés de Servicios Sociales relativo a la adaptación, sino que dicho informe será solicitado por el Instituto Aragonés de Administración Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.4 del Reglamento de medidas para la inclusión de personas con discapacidad en el ámbito de la función pública de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto 297/2015, de 4 de noviembre, del Gobierno de Aragón.
3.3. La presentación de solicitudes se realizará por vía telemática (https://www.aragon.es/tramites ), de conformidad con lo dispuesto en la Orden HAP/345/2021, de 31 de marzo, por la que se establece la obligatoriedad de la inscripción electrónica en los procesos selectivos para el ingreso o acceso a los cuerpos, escalas y categorías profesionales de personal funcionario o laboral cuya selección corresponde al Instituto Aragonés de Administración Pública de acuerdo con lo especifcado a continuación:
a) Las personas aspirantes deberán presentar su solicitud ante el Registro Telemático de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, una vez cumplimentado el modelo 524 citado en el apartado 1, siguiendo las instrucciones que se indiquen, siendo necesario como requisito previo para la inscripción la utilización de DNI electrónico o un certifcado digital de persona física emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre
(más información para su obtención en http://www.cert.fnmt.es/). Las personas aspirantes deberán presentar su solicitud ante el Registro Telemático de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, una vez cumplimentado el modelo 524 citado en el apartado 1, siguiendo las instrucciones que se indiquen, y siendo requisito necesario identifcarse y frmar electrónicamente. Para ello deberán disponer de un certifcado electrónico en vigor o, alternativamente, cl@ave permanente (habilitada para frmar con cl@ve frma).
La presentación de solicitudes conlleva obligatoriamente el pago telemático de la tasa de derechos de examen a que se refere el apartado 5. La documentación acreditativa de la exención de pago se adjuntará telemáticamente como documento pdf.
b) Las personas aspirantes podrán manifestar en su solicitud la opción de realizar el primer ejercicio de la fase de oposición en una de estas tres localidades: Zaragoza, Huesca o Teruel.
3.4. Las solicitudes podrán ser presentadas desde el día 1 de febrero hasta el día 8 de abril de 2022, inclusive. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.
3.5. La tasa por derechos de examen será de 28,90 euros, cuyo pago se realizará telemáticamente según lo expresado en el apartado 3.a) de esta base.
La falta de pago de la tasa no será subsanable.
3.6. Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:
a) Las personas que hayan obtenido el reconocimiento como víctimas por actos de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos, conforme a la normativa vigente que les sea de aplicación.
b) Las personas desempleadas que fguren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de los seis meses anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria de la prueba selectiva.
c) Las personas que acrediten que no han tenido ningún ingreso durante el período señalado en el apartado anterior, o cuyos ingresos no superen el salario mínimo interprofesional.
Las circunstancias señaladas deberán ser debidamente acreditadas con la presentación de la instancia para tomar parte en las pruebas selectivas. En el supuesto previsto en el apartado b), deberá aportarse informe de periodo ininterrumpido inscrito en situación de desempleo expedido por el Instituto Aragonés de Empleo (puede obtenerse online a través de la Ofcina Electrónica de su página web www.inaem.aragon.es) o documento acreditativo equivalente expedido por el Servicio Público de Empleo competente.
3.7. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 5/2006, de 22 de junio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, únicamente procederá la devolución del importe de la tasa en los siguientes supuestos:
a) Cuando no se hubieran prestado, o se hubieran prestado de forma notoriamente defciente, por causa imputable a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, los servicios y actuaciones administrativas relativos a la admisión o exclusión de las personas aspirantes en los correspondientes procesos selectivos.
b) Cuando se hubiera presentado la solicitud de admisión fuera del plazo previsto en esta convocatoria.
c) Cuando los ingresos se declaren indebidos por resolución administrativa o sentencia judicial frmes.
De conformidad con lo dispuesto en la Orden HAP/345/2021, de 31 de marzo, por la que se establece la obligatoriedad de la inscripción electrónica en los procesos selectivos para el ingreso o acceso a los cuerpos, escalas y categorías profesionales de personal funcionario o laboral cuya selección corresponde al Instituto Aragonés de Administración Pública (“Boletín Ofcial de Aragón”, número 81, de 15 de abril de 2021), la presentación de solicitud de devolución de tasa se realizará de forma telemática a través del trámite “devolución tasa 524” en la siguiente dirección web https://www.aragon.es/tramites.
3.8. También procederá la devolución de la tasa a favor de quienes lo soliciten por haber superado el proceso selectivo, para la estabilización del empleo temporal, para el ingreso en el Cuerpo de Funcionarios Técnicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Técnica Facultativa, Ingenieros Técnicos en Obras Públicas convocado mediante Resolución del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios de fecha 8 de junio de 2020 (“Boletín Ofcial de Aragón”, número 124, de 24 de junio), modifcada por Resoluciones del Director de la Función Pública y Calidad de los Servicios de fecha 20 de agosto de 2020 (“Boletín Ofcial de Aragón”, número 171, de 28 de agosto) y de 16 de marzo de 2021 (“Boletín Ofcial de Aragón”, número 69, de 30 de marzo).
Admisión de personas aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios dictará Resolución, que se publicará en el “Boletín Ofcial de Aragón”, por la que se aprueba la relación provisional de las personas aspirantes admitidas y, en su caso, excluidos, indicando las causas de exclusión.
4.2. Las personas aspirantes excluidas, o que no fguren en las listas habiendo presentado solicitud, dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.
Asimismo, quienes hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán manifestarlo en ese mismo plazo.
Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión, justifcando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán defnitivamente excluidas de la realización de las pruebas.
4.3. La Resolución conteniendo las listas defnitivas de admitidos y excluidos se publicará en el “Boletín Ofcial de Aragón”. En dicha Resolución se señalará lugar y fecha definitiva del primer ejercicio.
La admisión defnitiva lo es sin perjuicio de la obligación de las personas aspirantes que superen el proceso selectivo de acreditar el cumplimiento de los requisitos de admisión exigidos en la convocatoria.
Tribunal calificador.
5.1. La composición del Tribunal se determinará mediante Resolución del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios y se publicará en el “Boletín Oficial de Aragón”.
Cualquier modifcación posterior de la composición del Tribunal califcador se publicará en el “Boletín Ofcial de Aragón”.
A efectos de comunicación y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Instituto Aragonés de Administración Pública (Paseo M.ª Agustín, 26 B- 50004 Zaragoza).
5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubiesen realizado tareas de preparación de personas las personas aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
Asimismo, las personas candidatas podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando entiendan que se dan dichas circunstancias, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la citada Ley.
5.3. El Presidente del Tribunal coordinará la realización de las pruebas y dirimirá los posibles empates en las votaciones con voto de calidad. El Secretario del Tribunal tendrá voz y voto.
5.4. El Tribunal resolverá todas las cuestiones derivadas de la aplicación de las bases de esta convocatoria durante el desarrollo de las pruebas selectivas.
5.5. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en los artículos 23 y siguientes de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón.
5.6. El Tribunal que actúe en estas pruebas tendrá la categoría segunda de las señaladas en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
Estructura de las pruebas selectivas.
Se estará a lo dispuesto en el apartado 1.2 “Convocatorias del Grupo A2”, subapartado 1.1.1 “supuestos generales” de la Resolución, de 30 de junio de 2020, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se establecen las bases que regirán las convocatorias de los procedimientos selectivos de las ofertas de empleo público de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón para puestos de funcionario (“Boletín Oficial de Aragón”, número 139, de 15 de julio), modificada por Resolución, de 28 de diciembre de 2020, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios (“Boletín Ofcial de Aragón”, número 6, de 12 de enero de 2021).
Desarrollo de los ejercicios.
7.1. La fecha defnitiva de realización del primer ejercicio se determinará en la Resolución a que alude la base 4.3. La fecha de los sucesivos ejercicios se hará pública a través de los medios señalados en la base 1.6.
7.2. En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a las personas aspirantes para que acrediten su identidad.
7.3. Las personas candidatas serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento único, y serán excluidos de las pruebas selectivas quienes no comparezcan, salvo los casos de fuerza mayor, debidamente justifcados y discrecionalmente apreciados por el Tribunal.
En atención a las medidas sanitarias adoptadas como consecuencia de la COVID-19, en el desarrollo de los procesos selectivos se estará a lo dispuesto en la Resolución de 21 de octubre de 2020, del Director General de Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se aprueba el protocolo para prevenir contagios por COVID-19 durante la realización de los ejercicios de oposición convocados por esta Dirección General, modifcada por Resoluciones de 28 de diciembre de 2020 (“Boletín Ofcial de Aragón”, número 6, de 12 de enero de 2021) y de 26 de abril de 2021 (“Boletín Ofcial de Aragón”, número 92, de 29 de abril).
7.4. La presentación de alegaciones relativas al contenido de las pruebas, sólo se admitirán en el plazo de tres días hábiles, a contar desde el día siguiente a la fecha de realización del ejercicio.
7.5. La presentación de solicitudes relativas a la revisión de exámenes realizados, sólo se admitirán en el plazo de tres días hábiles, a contar desde el siguiente a que se publiquen las califcaciones del correspondiente ejercicio.
7.6. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviera conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, deberá proponer su exclusión al Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, quien resolverá, previa audiencia de la persona interesada.
7.7. El incumplimiento de cualquier aspirante de las bases de la convocatoria o de las instrucciones dadas por el Tribunal para el desarrollo de cualquiera de los ejercicios podrá comportar la anulación del ejercicio correspondiente de dicha persona aspirante mediante Acuerdo del Tribunal adoptado al efecto.
Calificación.
Para la califcación de los ejercicios, se estará a lo dispuesto en el apartado 1.2 “Convocatorias del Grupo A2”, subapartado 1.1.1 “supuestos generales” de la Resolución de 30 de junio de 2020, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios por la que se establecen las bases que regirán las convocatorias de los procesos selectivos de las ofertas de empleo público de Administración General de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Aragón para puestos de funcionario (“Boletín Ofcial de Aragón”, número 139, de 15 de julio de 2020), modifcada por Resolución de 28 de diciembre de 2020 (“Boletín Ofcial de Aragón”, número 6, de 12 de enero de 2021).
8.1. Una vez fnalizado el proceso de exámenes, se formará una lista, en orden decreciente, con las sumas de las puntuaciones obtenidas por las personas candidatas que, en los términos establecidos para cada caso, hayan superado todos los ejercicios.
8.2. La califcación fnal del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios obligatorios.
8.3. Concluidos los ejercicios de la oposición, y a propuesta del Tribunal califcador, el Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios hará pública la lista de personas aprobadas por orden de puntuación, sin que el número total de personas seleccionadas pueda rebasar el de plazas convocadas.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida sucesivamente en los ejercicios primero, segundo y tercero.
Como criterio residual de desempate, regirá lo dispuesto en la Resolución de 2 de marzo de 2021, de la Directora del Instituto Aragonés de Administración Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo previsto en el artículo 17 del Decreto 122/1986, de 19 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, regulador del Instituto Aragonés de Administración Pública y de la selección, formación y perfeccionamiento del personal de la Comunidad Autónoma de Aragón.
8.4. El período de prácticas y el curso de formación darán lugar a una califcación de “apto” o “no apto”, siendo necesaria la obtención de la califcación de “apto” para entenderlo superado.
Listas de espera para nombramiento de personal interino.
9.1. En las solicitudes los personas las personas aspirantes podrán manifestar su voluntad de acceder, en el caso de no superar el proceso selectivo, a las listas de espera de nombramiento de personal interino.
9.2. Tras la fnalización de los ejercicios de la oposición, el Tribunal de selección actuante confeccionará la correspondiente lista que contendrá la relación de personas aspirantes que no han superado el proceso selectivo y que se ordenarán del siguiente modo:
a) Relación de personas aspirantes que, sin haber superado el proceso selectivo, han aprobado alguno de sus ejercicios, ordenados por número de ejercicios aprobados y la puntuación obtenida en cada uno de ellos.
b) Relación de personas aspirantes que, no habiendo superado ninguno de los ejercicios del proceso selectivo, serán ordenados según la puntuación obtenida en el primer ejercicio, junto con la valoración de los servicios prestados en la correspondiente escala o clase de especialidad, en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón, a razón de 0.015 puntos por mes de servicios prestados con un máximo de 10 años.
Los posibles empates entre personas candidatas a los efectos de su ordenación en este proceso selectivo, se resolverán atendiendo al resultado del sorteo efectuado por el Instituto Aragonés de Administración Pública en fecha 26 de febrero de 2021 (“Boletín Ofcial de Aragón”, número 56, de 15 de marzo de 2021).
9.3. La referida lista, ordenada conforme los criterios anteriores, será remitida por el Tribunal a la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios para su aprobación y publicación en el “Boletín Ofcial de Aragón”, haciendo constar el nombre y apellidos de las personas candidatas, las provincias solicitadas, y documento nacional de identidad. En caso de no manifestar opción por ninguna provincia, se entenderá que opta por las tres.
Presentación de documentos.
10.1. Dentro del plazo de 20 días naturales desde que se haga pública la lista de personas aprobadas en la oposición, las personas aspirantes que fguren en ellas deberán aportar ante el Instituto Aragonés de Administración Pública los documentos acreditativos de los requisitos de admisibilidad exigidos en esta convocatoria. Estos documentos son:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad, para acreditar la nacionalidad española. Las personas nacionales de otros estados de la Unión Europea, o las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratifcados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán presentar fotocopia compulsada del pasaporte o de documento válido acreditativo de su nacionalidad.
Los familiares de los anteriores, referidos en la base 2.1.a), además, fotocopia compulsada del documento acreditativo del vínculo de parentesco y declaración jurada del ciudadano de país europeo al que afecta dicho vínculo haciendo constar que no está separado de derecho de su cónyuge o, en su caso, que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
b) Fotocopia del título a que se refere la base 2.1.f) o certifcación académica que acredite tener cursados y aprobados los estudios completos correspondientes, así como abonados los derechos para la expedición de aquél título.
Los títulos procedentes de otros Estados deberán estar debidamente homologados por la Administración educativa española y deberá adjuntarse a ellos la credencial que acredite dicha homologación. En el caso de titulaciones que acrediten la formación en alguno de los otros Estados asociados al Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, esta credencial podrá suplirse por la credencial de reconocimiento para el ejercicio de una profesión regulada en aplicación de las directivas mutuas de reconocimiento de titulaciones.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios. Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española, deberán presentar, además, declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
10.2. Dentro del mismo plazo de veinte días naturales, las personas aprobadas en la oposición recibirán en el domicilio que hagan constar en su solicitud una citación para someterse al reconocimiento médico previo al ingreso, dando así cumplimiento a lo establecido en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. El reconocimiento médico
será obligatorio y deberá emitir, además, un juicio de aptitud respecto a la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la Escala o Clase de Especialidad. En el caso de informe negativo no se le podrá nombrar funcionario/a de carrera, quedando sin efecto todas las actuaciones en cuanto a la persona candidata se refieran. El informe médico será confidencial respetando en todo el curso del procedimiento los derechos de intimidad y su protección, sin que pueda ser utilizado para otra finalidad distinta.
10.3. Quienes dentro del plazo señalado no presenten la documentación exigida, salvo los casos de fuerza mayor, no se les podrá nombrar funcionarios/as en prácticas, quedando sin efecto todas las actuaciones en cuanto a estas personas se refieren.
10.4. El Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios procederá al nombramiento de funcionarios/as en prácticas.
Nombramiento de funcionarios/as de carrera.
11.1. Concluido el proceso selectivo, las personas candidatas que lo hubiesen superado, serán nombradas funcionarias de carrera del Cuerpo de Funcionarios Técnicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Técnica Facultativa, Ingenieros Técnicos en Obras Públicas por el Consejero de Hacienda y Administración Pública. La Orden de nombramiento se publicará en el “Boletín Ofcial de Aragón”.
11.2. Las personas funcionarias de nuevo ingreso ocuparán los puestos de trabajo que se les ofrezcan, de acuerdo con las necesidades del servicio, y según las preferencias manifestadas, por riguroso orden de puntuación final.
11.3. En el caso de que para el desempeño de alguno de los puestos de trabajo ofrecidos como primer destino se exija en la Relación de Puestos de Trabajo el requisito de nacionalidad española, queda excluido de la posibilidad de ser elegido por las personas aspirantes
cuya nacionalidad sea distinta de la española.
Disposiciones finales.
12.1. Al amparo de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, será de aplicación, en este proceso, lo establecido en la Orden HAP/11/2019, de 18 de enero, por la que se da publicidad al Acuerdo de 6 de noviembre de 2018, del Gobierno de Aragón, por el que se otorga la aprobación expresa y formal, ratifcándolo, al Acuerdo de 19 de octubre de 2018, de la Mesa Sectorial de Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón, por el que se establecen medidas para garantizar la igualdad efectiva de oportunidades entre mujeres y hombres en relación con el acceso al empleo público.
12.2. El orden de actuación comenzará con el primer aspirante cuyo primer apellido se inicie con la letra “V”, de acuerdo con el resultado del sorteo celebrado el día 26 de febrero de 2021 (“Boletín Ofcial de Aragón”, número 56, de 15 de marzo de 2021).
12.3. Para lo no previsto en esta convocatoria, será de aplicación lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, de la Diputación General de Aragón; en el Decreto 122/1986, de 19 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, regulador del Instituto Aragonés de Administración Pública, y de la selección, formación y perfeccionamiento del personal de la Comunidad Autónoma de Aragón; en el Decreto 80/1997, de 10 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo, carrera administrativa y, promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, modifcado por Decreto 129/2020, de 23 de diciembre; y en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
12.4. Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados, de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la respectiva publicación o notifcación:
Contra las Resoluciones del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública.
Contra los actos y decisiones del Tribunal que imposibiliten la continuación en el procedimiento para la persona interesada o produzcan indefensión, recurso de alzada ante el Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios.
Zaragoza, 21 de diciembre de 2021.
El Director General de la Función Pública
y Calidad de los Servicios,
ESTEBAN DEL RUSTE AGUILAR
ANEXO I
PROGRAMA DE LAS OPOSICIONES AL CUERPO DE FUNCIONARIOS TÉCNICOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN, ESCALA TÉCNICA FACULTATIVA, INGENIEROS TÉCNICOS EN OBRAS PÚBLICAS
Programa de materias comunes para ingreso en el Cuerpo de Funcionarios Técnicos.
- La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Valores superiores y principios inspiradores. El Estado Social y Democrático de Derecho. La Corona. Las Cortes Generales. El Poder Judicial.
- Derechos y libertades. Deberes de los ciudadanos. Principios rectores de la política social y económica. Garantías. Defensor del Pueblo.
- La organización territorial del Estado. Gobierno de la Nación y Administración General del Estado. Comunidades Autónomas. Administración Local. Las relaciones entre los entes territoriales. Especial referencia a la comarcalización de Aragón.
- El Estatuto de Autonomía de Aragón: naturaleza y contenido. Competencias de la Comunidad Autónoma. La reforma del Estatuto. La organización institucional de la Comunidad Autónoma de Aragón. Las Cortes y el Justicia de Aragón.
- El Presidente y el Gobierno de Aragón. Los Consejeros. La Administración Pública de la Comunidad Autónoma. Los órganos administrativos: Su régimen y el ejercicio de las competencias.
- La Unión Europea. Antecedentes y evolución histórica. Las fuentes del Derecho de la Unión Europea. Las Instituciones de la Unión Europea. La participación de las Comunidades Autónomas en la aplicación del Derecho Comunitario.
- Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: ámbito de aplicación y principios informadores. Los interesados: capacidad y representación. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas. Las garantías
en el desarrollo del procedimiento. La transparencia de las Administraciones Públicas y acceso a la información pública. - El acto administrativo: concepto, elementos y clases. Requisitos y eficacia de los actos administrativos. Nulidad y anulabilidad. La obligación de la Administración de resolver. Silencio administrativo. Términos y plazos.
- Fases del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y finalización. Procedimientos de ejecución. Revisión de los actos administrativos.
- La responsabilidad patrimonial de la Administración Pública. Responsabilidad de las autoridades y personal a su servicio.
- El Estatuto Básico del Empleado Público. El personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón: clases de empleados públicos, selección, provisión y carrera administrativa. Personal laboral.
- Integridad y Ética pública. Código de Conducta del personal empleado público. Régimen disciplinario y normativa penal relativa a la función pública.
- El presupuesto: sus principios. Estructura del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón. Los créditos y sus modificaciones. Ejecución del presupuesto. El control presupuestario.
- Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en Aragón. La identidad y expresión de género e igualdad social y no discriminación en la Comunidad Autónoma de Aragón. Políticas de prevención y protección integral de las mujeres víctimas de violencia de género.
- La Administración electrónica para mejorar la relación con los ciudadanos. Sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración. Identificación y firma de los interesados. Representación. Oficina de asistencia en materia de registros. Sistema de Interconexión de Registros. Notificación electrónica
- La política de desarrollo regional en España. Participación de la Unión Europea y de las Comunidades Autónomas. Instrumentos y estructuras.
- Organización de una obra y plan de trabajo. Diagrama de Gantt. Sistema de Pert- costes. Método de la Ruta Crítica (CPM).
- El sector de la construcción y su relación con la economía. La industria de los materiales de construcción. La maquinaria de obras públicas. La subcontratación en la construcción.
- La Ley de residuos: producción y gestión de residuos. La gestión integral de residuos en la Comunidad Autónoma de Aragón.
- La potestad expropiatoria: naturaleza y justifcación. Los sujetos, el objeto y la causa. El procedimiento expropiatorio en general. La indemnización expropiatoria o justiprecio. Procedimientos especiales: la expropiación por razones de urgencia.
- El impacto ambiental en las obras públicas. Marco competencial y legislación aplicable. El procedimiento de evaluación de impacto ambiental en Aragón. Clases y contenido de los estudios.
- El control de calidad en las obras públicas. Pliegos de condiciones y normas técnicas. Aseguramiento de la calidad.
- Estudios geológico-geotécnicos en las obras públicas. Consideraciones geológico-geotécnicas para proyectos. Estudio de suelos y rocas. Ensayos. Obtención de cartografía. Toma de datos. Las nuevas técnicas cartográfcas y sistemas de posicionamiento global G.P.S.
- Seguridad y salud. Disposiciones durante la redacción del proyecto y durante las obras. Estudio de seguridad y salud. Planes de seguridad. Competencias y responsabilidades de los Coordinadores de seguridad y salud en las obras de construcción.
- Ley de carreteras de la Comunidad Autónoma de Aragón y su Reglamento.
- Marco competencial de las carreteras que discurren por la Comunidad Autónoma de Aragón. Estructura de la red de Carreteras de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- El Plan de Carreteras de Aragón 2013-2024. Estructura y Contenido.
- Estudios previos y proyectos de carreteras. Legislación aplicable. Supervisión de proyectos.
- Trazado de carreteras (I): trazado en planta, alzado, sección transversal.
- Trazado de carreteras (II): enlaces e Intersecciones. Glorietas. Accesos.
- Obras de paso. Estructuras, puentes y viaductos. Tipología y condicionantes de diseño. Normativas aplicables a su proyecto y construcción y explotación.
- Túneles en carreteras. Proyecto, construcción y explotación. Maquinaria y medios auxiliares. Sostenimiento y revestimiento. Instalaciones auxiliares.
- Estudios climatológicos. Calculo de precipitaciones y caudales de referencia. Su aplicación para el Drenaje Superfcial, Transversal y Longitudinal. La importancia de la previsión meteorológica.
- Proyectos y construcción de firmes (I): normativa aplicable y factores de dimensionamiento. Métodos de diseño. Tipos de firmes.
- Proyectos y construcción de firmes (II): características superficiales y estructurales de los frmes. Auscultación. Conservación.
- Organización de la conservación de carreteras. Sectores de conservación. Trabajos de conservación ordinaria con medios propios y con empresas especializadas, control y seguimiento. Conservación extraordinaria y obras de gestión directa. Mantenimiento de elementos singulares: obras de drenaje y de fábrica, viaductos y túneles.
- La gestión de la Vialidad invernal.
- Señalización, balizamiento y defensa. Normativa aplicable estatal y autonómica.
- El tráfico en la red de carreteras. Estudios de tráfco. Sistemas de aforo.
- Seguridad vial: Accidentes. Índices de peligrosidad y Mortalidad. Tramos de Concentración de Accidentes. El Plan Integral de Seguridad Vial de Aragón 2011-2020.
- Taludes de carreteras. Protección contra desprendimientos de rocas. Pantallas dinámicas. Muros de escollera.
- Texto Refundido de la Ley de Aguas. Trasposición de la Directiva Marco del Agua. Reglamento del Dominio Público Hidráulico.
- Ley de aguas y ríos de Aragón. Impuesto sobre la Contaminación de las Aguas.
- Hidrología. Técnicas de aforo de aguas superfciales. Estaciones hidrológicas: instalaciones e instrumental.
- Obras fuviales de encauzamiento y defensas. Avenidas e inundaciones. Directiva de evaluación y Gestión de Riesgos de Inundaciones y normativa estatal y autonómica. Obras de defensa y encauzamiento fuviales. Protección de los márgenes.
- Las aguas subterráneas. La hidrogeología en Aragón. Métodos de captación y aprovechamiento. Contribución de los acuíferos a la optimización del aprovechamiento de los recursos hídricos. Aforo de acuíferos subterráneos. Recarga artifcial de acuíferos. Principales afecciones al agua subterránea.
- Saneamiento y depuración de aguas residuales. Elementos del sistema. Redes de Saneamiento. Estaciones depuradoras, tipos y explotación. Normativa sobre el Tratamiento de las aguas residuales.
- Obras hidráulicas de regulación. Presas y embalses. Presas de fábrica: tipologías, técnicas de construcción, elementos, explotación y conservación. Presas de materiales sueltos: tipologías, técnicas de construcción, elementos, explotación y conservación. Normativa de seguridad de presas.
- Canales. Tipos de revestimientos. Juntas. Sifones y acueductos. Obras singulares.
Compuertas. Explotación y conservación. - Abastecimiento: cálculos de demanda y dimensionamiento. Obras de captación y transporte. Redes de abastecimiento, elementos más significativos.
- Tratamiento de aguas potables. Condiciones de potabilidad del agua. Técnicas de Potabilización.
- Conceptos básicos de la legislación en el transporte terrestre. Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y su Reglamento. Normativa de la UE sobre transporte.
- Obligaciones de servicio público. La planifcación del transporte. La explotación del Servicio de Transporte Público Regular de Viajeros por Carretera de Aragón.
- Infraestructura y superestructura ferroviaria. Electrifcación, señalización y comunicaciones ferroviarias.
- Ley del Sector Ferroviario y su reglamento de desarrollo. Normativa técnica española y europea. El sistema ferroviario español. Organización y actores en el sistema.
- Los Contratos del Sector Público (I): Legislación aplicable. Objeto y ámbito de aplicación. Negocios y contratos excluidos. Tipos de contratos y régimen jurídico aplicable. Disposiciones generales sobre la contratación del sector público. Partes en el contrato. Objeto,
precio y cuantía. Garantías exigibles y modifcación de los contratos. Normas de la Comunidad Autónoma de Aragón. - Los Contratos del Sector Publico (II): Preparación de los contratos. La selección del contratista. Adjudicación de los contratos. Procedimientos de contratación. Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos. Legislación sobre lucha contra la morosidad de las Administraciones Públicas. Revisión de precios. Organización administrativa para la gestión de los contratos. Régimen especial de revisión de decisiones en materia de contratación.
- Los Contratos del Sector Público (III): Particularidades del contrato de obras.
- Los Contratos del Sector Público (IV): Particularidades del contrato de servicios. Particularidades del contrato de suministros.